El Gobierno habilitó la figura de las Estaciones de Servicio Móviles al marco regulatorio de expendio de combustibles líquidos, mediante la Resolución 504/2025 publicada en el Boletín Oficial. La norma establece el procedimiento y condiciones técnicas para operar depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista. Según la resolución, estas estaciones móviles son una herramienta fundamental para garantizar el abastecimiento de combustibles en localidades que carecen de estaciones fijas en un radio considerable.
La Secretaría de Energía ya había autorizado el uso de tanques sobre el terreno y la implementación de estaciones de servicio móviles. Las autoridades justifican la implementación al señalar que las estaciones móviles permiten una rápida instalación y reubicación, ofreciendo soluciones flexibles en comparación con la construcción de instalaciones que requieren tanques soterrados.
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El Gobierno incorporó formalmente las estaciones de servicio móviles al registro oficial de bocas de expendio de combustibles.
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El Gobierno habilitó la figura de las Estaciones de Servicio Móviles al marco regulatorio de expendio de combustibles líquidos.
La medida fue dispuesta por la Secretaría de Energía mediante la Resolución 504/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La norma establece el procedimiento y las condiciones técnicas y registrales para la operación de depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista.