Miércoles, 19 Agosto 2020 14:24

El Gobierno Nacional habilita la práctica de deportes individuales

El anuncio se llevó a cabo hoy a través del Boletín Oficial, en donde se difundió un protocolo de aplicación enmarcado en las medidas de distanciamiento social. La disposición ya había sido anticipada por Alberto Fernández durante la última conferencia e incluye prácticas “en clubes e instituciones públicas y privadas y polideportivos”.

La Decisión Administrativa 1518/2020 contempla los siguientes deportes con fines recreativos: "Actividades de nieve, deportes acuáticos, andinismo, atletismo, bádminton, canotaje, ciclismo (circuito fijo y BMX), ecuestre, gimnasia, golf, natación, paddle single, pentathlón, pesas, remo, skateboarding, surf, tenis de mesa single, tenis single, tiro, triatlón y yatching". Por otro lado, en el documento se establece que las actividades deberán organizarse por turnos, y se prohíbe el uso de transportes públicos, que siguen siendo exclusivos para trabajadores esenciales. 

Además, se hizo énfasis en que se garanticen todas las medidas de higiene necesarias. En cuanto al espacio, se recomienda que las prácticas se lleven a cabo en lugares abiertos y, en caso de ser necesario un ambiente cerrado, que este cuente con buena ventilación y recambio de aire entre turnos. Horacio Rodríguez Larreta aclaró: “Solamente van a estar habilitadas las zonas para hacer deporte: ni las confiterías, ni vestuarios, ni lugares comunes”. 

El protocolo también admite que los deportistas no usen barbijo o tapabocas durante la actividad, pero advierte que debe respetarse el distanciamiento social en todo momento. En el documento se afirma que todas estas normas tienen el objetivo de preservar la salud y el bienestar de los “deportistas y sus familiares, entrenadores, profesores, trabajadores de las instituciones deportivas y la comunidad en su conjunto”.

En este sentido, el Gobierno afirmó: “Toda actividad que aumente la movilidad, el desplazamiento y la mayor interacción de personas producirá un incremento en el número de casos, es por ello que debe procurarse y asegurarse el estricto cumplimiento de las recomendaciones con la finalidad de minimizar el riesgo”.

En cuanto a aquellas personas que trabajen en establecimientos habilitados para estos deportes, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación, desde la página www.argentina.gob.ar. 

Esta medida había sido solicitada por el Ministerio de Turismo y Deporte, y fue aprobada por el Ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, y el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero. La disposición aplica para todo el país y cada jurisdicción deberá encargarse de dictar las normas específicas para su correcta implementación, así como la fecha en la que comenzará a entrar en vigencia.

Redacción: Luciana Tripodi 

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