Martes, 10 Septiembre 2019 13:44

Licencia por Violencia de género

La Suprema Corte de Justicia bonaerense incorporó la licencia por "Violencia de Género" al Estatuto del Agente Judicial, de manera que las víctimas tendrán derechos de disponer de hasta 30 días con goce de haberes

La Suprema Corte de Justicia bonaerense incorporó la licencia por "Violencia de Género" al Estatuto del Agente Judicial, de manera que las víctimas tendrán derechos de disponer de hasta 30 días con goce de haberes.

En la resolución, la Corte sostuvo la necesidad de "impulsar implicaciones positivas para que la víctima recupere su proyecto de vida laboral, y de este modo, se combata la victimización secundaria que se produce cuando una víctima de violencia de género puede ser discriminada en su relación de empleo"

"A ello se agrega el objetivo de eliminar los efectos negativos de la violencia de género en el ámbito del trabajo, tal como ocurre al encuadrar tales situaciones en licencias concedidas para otros fines (por caso enfermedad), invisibilizando la real dimensión de este flagelo", destacaron en el escrito.

De acuerdo a la modificación del Estatuto "quien se encuentre en cualquiera de las situaciones de violencia previstas en la Ley Nº 26.485 tendrá derecho a gozar de una licencia con percepción de haberes de hasta 30 días, en forma continua o alternada, por año calendario, que podrá prorrogarse por hasta igual término cuando la gravedad del caso así lo amerite".

Estableció que la licencia "entrará en vigencia a partir de la fecha en que se solicite, debiéndose presentar una certificación emitida por alguno de los organismos judiciales o administrativos con competencia en la materia, o cualquier otro elemento probatorio que permita acreditar la situación planteada dentro de los cinco días hábiles posteriores". También, las víctimas podrá solicitar su traslado laboral por su seguridad y la de su familia.

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