El Gobierno flexibilizó el esquema de congelamiento del precio de los combustibles. Por medio de un decreto publicado en el Boletín Oficial subió 3,3% el precio del dólar de referencia, y a la vez, liberó los precios del canal mayorista. La disposición aclara que, más allá de los cambios, los precios en el surtidor se mantendrán sin cambios hasta el 13 de noviembre.
El decreto viene a modificar el que se había dictado tras la corrida cambiaria posterior a las PASO con el propósito de morigerar el impacto de la suba del dólar. Entonces, en medio de críticas de las petroleras y de las provincias productoras de hidrocarburos, se resolvió congelar el precio de los combustibles por 90 días.
El precio que se tomó de referencia en aquel decreto fue el que se había pactado el 9 de agosto pasado. Ahora, el Poder Ejecutivo elevó de 45,19 pesos a 46,69 el precio del dólar tomado como referencia para las operaciones con crudo llevadas a cabo en el mercado local.
Asimismo, estableció una transferencia de 2,81 pesos por dólar para los productores de petróleo, llevando entonces el dólar de 46,69 a 49,50 pesos para todos los barriles entregados al mercado interno por un periodo de 30 días. Este monto agrega un 6% de aumento al precio del barril, por lo que se acumula un 9,54% de mayor precio para los productores.
El costo fiscal de esta transferencia es de 1.550 millones de pesos. De acuerdo a lo dispuesto, será solventado reasignando partidas del presupuesto de la Secretaría de Gobierno de Energía.
En tanto, la Casa Rosada dispuso que no se realizará la actualización del Impuesto a los Combustibles correspondiente al primero de septiembre.
En sus considerados, el decreto fue justificado "como un primer paso para normalizar la fijación de precios del sector y no afectar el empleo, la actividad, la producción y las inversiones".
Además, el Ministerio de Hacienda emitió este lunes un comunicado en el cual ratificó que los precios en las estaciones de servicio de la nafta y el gasoil "continúan congelados".
Según la información oficial, el canal mayorista representa el 17% del total del volumen, lo que sumado al 30% de otros productos no congelados originalmente (combustibles de aviación, buques, asfaltos, lubricantes y otros) hace que el 47% del volumen ya no caiga bajo el congelamiento. Este 47% de volumen equivale aproximadamente a un 38% de las ventas en pesos.
En este marco, Hacienda instruyó a la Secretaría de Gobierno de Energía para que, teniendo en cuenta los fines perseguidos por el Decreto de Congelamiento del 15 de agosto de 2019 y en la medida que las circunstancias lo permitan, "dicte los actos que resulten necesarios para ir normalizando los precios del sector".
En ese sentido, indicó que eso se logrará "modificando los valores de referencia, los precios topes y/o requiriendo transferencias del Tesoro Nacional, con el fin de proteger al consumidor y sostener el nivel de actividad y el empleo".